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Baja de aranceles para importaciones

Actualizado: 26 jun

El fin de semana el vocero presidencial anunció que se reducirían aranceles para varios productos. Asimismo, en el día de hoy se publicó el Decreto Nº384/2024 se incorporaron adecuaciones en función de lo negociado en el MERCOSUR.

Lunes 6 de mayo de 2024, Mg. Yanina S. Lojo


El sábado el vocero presidencial anunció una serie de rebajas a los aranceles de un grupo de productos con el objeto de mejorar los costos y como consecuencia los precios al consumidor.

Oficialmente hoy se publicó el Decreto Nº384/2024 que conlleva la rebaja de los aranceles además se realizan adecuaciones a la Nomenclatura Común del Mercosur.


¿Qué productos quedaron alcanzados?


Según indicó en el comunicado oficial de la Secretaría de Comercio “Se redujo los aranceles de importación de heladeras y lavarropas, de un 35 a un 20%; de neumáticos, de 35 a 16%; y de los principales insumos plásticos, de 12,6 a 6%. Además, se implementa una baja de aranceles para una amplia gama de fertilizantes y herbicidas. El objetivo es que la rebaja arancelaria impacte positivamente en los precios locales que paga el consumidor final.”

Por otro lado, en el caso de los neumáticos se indica que la disminución de aranceles está vinculada con los destinados a camiones y buses, que según indicaron de la Secretaría constituyen “un insumo esencial para el servicio logístico, a cargo de la distribución y exportación de la mercadería, y para el transporte público tanto a corta como a larga distancia.”


En el caso de los insumos plásticos tengamos en cuenta que esto repercute en muchas cadenas productivas, más allá de que el gobierno hizo hincapié en el caso de los juguetes. ¿Por qué? Porque la rebaja impacta en el caso de insumos que son utilizados en las cadenas productivas de diferentes productos, y que, por lo tanto, ante una rebaja significativa de los aranceles debería verse una disminución de los costos productivos.


Los fertilizantes de cara a la próxima siembra


El ministro de Economía había anunciado que habría un alivio para la importación de insumos destinados al sector agroexportador ya hace semanas. Pero la normativa no se había publicado.

Sin bien el vocero presidencial, el sábado anunció – a través de las redes sociales -, que la medida se iba a implementar para fertilizantes y herbicidas desde el sector no estarían del todo conformes. Puesto que uno de los pedidos que sostienen es la eliminación del Impuesto País al pago de las operaciones de importación de estos bienes para compensar la diferencia entre el tipo de cambio importador y el exportador.


La rebaja en algunos casos es más que significativa y debe tener un impacto en los costos productivos de cara a la próxima siembra, y debería mejorar la competitividad. Aunque en el caso de los productos agropecuarios hay otros factores que pueden incidir y atentan contra las posibilidades del sector de aumentar sus exportaciones, como las cuestiones climáticas.


La normativa


La semana pasada ya se habían anunciado beneficios para la importación de moldes de metal y de plástico inyectado que no solo alcanzarían a la Industria Automotriz sino también a otros sectores que también utilizan estos bienes de capital. Pero aún no se conocían las posiciones arancelarias que se verían beneficiadas.


En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Nº384/2024 donde se aplica la adecuación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR donde se ven reflejados estos cambios.


¿Cuáles son los cambios?


En los primeros dos anexos se detallan los cambios, donde se visualizan apertura de posiciones y diferentes alícuotas. La cantidad de productos es muy amplia. Se adjunta la normativa para que puedan consultar cual es la situación actual.


¿Desde cuándo rige la medida?


La norma comenzará a regir desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial (07/05/2024).


¿Qué sucede con la mercadería que queda excluida de los tratamientos arancelarios diferenciados de reducción del Derecho de Importación Extrazona?


En estos casos, mantendrán los tratamientos diferenciados siempre que, a la fecha de la entrada en vigencia del presente decreto, se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:


a) Hayan sido expedidas con destino final al territorio aduanero por tierra, agua o aire y cargadas en el respectivo medio de transporte o;


b) Se encuentren en zona primaria aduanera por haber arribado con anterioridad al territorio aduanero.


Es importante tener en cuenta que la solicitud de importación deberá registrarse ante el Servicio Aduanero dentro del plazo de SESENTA (60) días corridos, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de este decreto.


Adjuntamos la normativa


Decreto Nº384
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anexo_7114286_1
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anexo_7114286_3
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anexo_7114286_2
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anexo_7114286_4
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anexo_7114286_5
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anexo_7114286_6
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anexo_7114286_7
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