A través de la Comunicación A 7903 el Banco Central modifica la Comunicación A 7893 publicada la semana pasada. ¿Cuál es el cambio? Una sola palabra.
Viernes 1º de diciembre de 2023, Mg. Yanina S. Lojo
La normativa original publicada la semana pasada (Ver artículo: Nueva Excepción para el pago de servicios) establecía que se podía para pagar una operación que contará con una SIRASE en estado APROBADA antes de los plazos establecidos y sin requerir la validación en la Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior al ingresar al mercado para el pago de un servicio simultáneamente con una liquidación de un endeudamiento financiero con el exterior que tenga una vida promedio no menor a 6 (seis) meses y no registre vencimientos de capital durante los primeros 3 (tres) meses desde la liquidación en el mercado de cambios.
Desde la nueva comunicación, se podrá pagar una operación que cuente con una SIRASE en estado APROBADA antes de los plazos establecidos y sin requerir la validación en la Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior al ingresar al mercado para el pago de un servicio simultáneamente con una liquidación de un endeudamiento con el exterior que tenga una vida promedio no menor a 6 (seis) meses y no registre vencimientos de capital durante los primeros 3 (tres) meses desde la liquidación en el mercado de cambios.
¿Cuál es la diferencia?
En otras palabras, permite que se instrumenta a través de un endeudamiento que no sea financiero. Por ejemplo, una casa matriz en el exterior podría prestarle a su subsidiaria en la Argentina a través de un mutuo a tasa cero. Al ingresarlo en el mercado, se podrían cancelar servicios pendientes. El paralelismo más fácil de hacer es cuando un proveedor local nos da la posibilidad de pagar la deuda a 30,60 y 90 días sin intereses. A cada vencimiento se paga el capital adeudado, sin intereses. Eso es un endeudamiento no financiero, dado que no se paga ni intereses gastos ni comisiones.
A continuación adjuntamos la Comunicación para vuestro análisis.
Comments