Mediante la Resolución Nº5527/2024 se prorroga hasta el 31.12.24 los beneficios tributarios para las importaciones de productos de la Canasta Básica y para un listado de NCM de PyMES. ¿Qué dice la norma?
Miércoles 17 de julio de 2024, Mg. Yanina S. Lojo
¿Qué establece la Resolución?
La prorroga de los beneficios hasta el 31.12.24
¿Desde cuándo tiene efecto?
Desde hoy mismo. Puesto que el plazo establecido en la Resolución Nº5490 venció ayer (16.07.24)
¿Quiénes se ven alcanzados?
Por un plazo de tiempo determinado las importaciones a consumo de los productos que comprenden bienes de la canasta básica -, no pagarán IVA percepción ni Anticipo Impuesto a las ganancias al momento de realizar la nacionalización de la mercadería. Es decir, de realizar el despacho aduanero.
Esto aplicaba para las operaciones con registro de ingreso aduanero desde el 18 de marzo de 2024
La medida no es definitiva, sino que la suspensión corre para un plazo de tiempo determinado. En su momento se establecía que la suspensión era por CIENTO VEINTE (120) días. Plazo que venció el 16/07/2024. Y fue ahora prorrogado.
Más adelante se estableció mediante la Res. Gral. Nº5501 las operaciones de importación definitiva de bienes que sean realizadas por empresas Mi PyME, se incorporaban a un listado muy amplio de NCM a la Resolución Nº5490. De esta manera, y por 120 días, las operaciones de importación alcanzadas por esta Resolución no abonaran al momento de la nacionalización el IVA Adicional (20%) y el Anticipo Impuesto a las Ganancias.
¿Qué condición deben reunir las empresas que quieren acceder al beneficio para las PyMES?
La empresa que quiera acceder a este beneficio debe si o si contar con “Certificado MiPyME” vigente.
¿Cuáles son los productos alcanzados?
La cantidad de NCM mencionadas en ambas resoluciones es muy amplia y requiere de consulta.
¿Qué código de ventaja se debe aplicar?
Al momento de la nacionalización el despachante deberá indicar el código ventaja correspondiente:
Canasta Básica: EXCLU-IVAAD-GAN
Mi PYME: PYME - EXC-IVAG
¿Por qué se decidió tomar esta decisión?
Según indicaba la misma resolución “se estima conveniente morigerar sus efectos sobre el sector productivo de las microempresas y de las pequeñas y medianas empresas (MiPyME).” Y en el caso de los productos de la Canasta Básica se apuntaba a mejorar los precios que reciben los consumidores, ampliando la competencia.
El impacto de esta medida es mucho mayor, dado que al reducir la presión tributaria al momento de realizar una importación se busca que esto tenga un impacto directo en los costos y de esa manera, se traduzca en un precio más competitivo para los consumidores.
Adjuntamos la norma publicada el día de hoy.
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