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Resolución General Nº5474 - Modificación en la norma para el despacho a plaza

El viernes pasado con la entrada en vigencia del DNU se modificaron ciertos procedimientos. Para ello, la AFIP emitió una serie de resoluciones. A continuación, el análisis de la Res. Gral. Nº5474/2023.

Miércoles 3 de enero de 2023, Mg. Yanina S. Lojo


El día viernes se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Nº5474/2023 en la misma se deroga la Resolución Nº 2.439 (ANA) y su modificatorias. De esta manera, se introducen cambios en lo que respecta al despacho a plaza de mercadería.



¿Cuándo entra en vigencia la norma nueva?


Desde su publicación en el Boletín Oficial, es decir desde el viernes 29 de diciembre de 2023.


¿Qué se deroga?


Se deroga la Resolución Nº 2.439 (ANA) y su modificatorias.


¿Qué cambios se introduce en la condiciones generales?


A continuación comparamos ambas normativas, en primer lugar la que se deroga y en la segunda columna la nueva.



¿Qué cambios se introducen en el procedimiento de despacho?


A continuación comparamos ambas normativas, en primer lugar la que se deroga y en la segunda columna la nueva.


¿Qué sucede con el control de la declaración comprometida y la documentación complementaria?


Se eliminan los puntos señalados en la Resolución Nº2.439.


¿Y en lo que respecta a la descarga?


Obviamente se hace la apertura para cada caso. A continuación comparamos ambas normativas, en primer lugar la que se deroga y en la segunda columna la nueva:


  • DESCARGA ACUÁTICA


  • DESCARGA VIA TERRESTRE

  • DESCARGA AÉREA


¿Qué pasa con los puntos restantes que hacían referencia al importador, al agente de carga aduanero, a las compañías transportistas, depositarios?


Todos han sido eliminados de la nueva normativa


¿Qué pasa con los puntos que hacían referencia a las verificaciones imprevistas, otras destinaciones o solicitudes?


Estos también han sido eliminados.

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