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Se levanta una prohibición de exportación

Mediante el Decreto Nº1040/20 se había establecido una prohibición de exportación que afectaba a los desechos metales y no ferrosos. La misma vencía el 31.12.24 y no fue prorrogada. ¿Qué NCM se ven beneficiadas?

Jueves 2º de enero de 2024, Mg. Yanina S. Lojo


Con una publicación en la red X el ministro de Desregulación Sturzenegger adelantaba algo que muchos seguían desde hace tiempo: que una prohibición de exportación llegaba a su fin.


¿Qué cambia?


Como indicaba en su publicación el ministro el 31 de diciembre vencía la prohibición de exportación de residuos metales y no ferrosos. El Ejecutivo podía tomar la decisión como se había hecho hasta ahora de prorrogar la medida. Sin embargo, esto no sucedió. Por el contrario, llego a su fin.


¿Por qué se decide tomar esta decisión?


Entre los motivos que se menciona en su posteo el ministro indica que la prohibición tenía un impacto nocivo en la economía por varios motivos. Señalando principalmente que:


  • Se deprimía el precio local de los desechos desincentivaba el reciclado

  • Porque prohibía un sinfín de negocios de reciclado para amplísimos sectores de la economía (por dar un ejemplo, cables de cobre desechados por las telefónicas, que tienen un activo mercado para reciclado en el exterior no podían exportarse).


De esta manera, y tras analizar con diferentes actores, consideraron que esta prohibición beneficiaba a los procesadores de chatarra.


¿Qué decía la norma original?


El ministro cita varias normativas y se remonta a 2009 sin embargo, el decreto Nº1040/20 establecía que "Suspéndese por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días la exportación definitiva para consumo y la exportación temporaria, con destino al exterior del país, de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto, sea que se realicen desde el territorio aduanero general como desde el territorio aduanero especial o una zona franca."


Con el Decreto Nº70/23 no solo se la extendió hasta finales del 2024 sino que se agregaron NCM.


¿Qué productos quedan alcanzados por esta decisión?


En función del último Decreto, y las NCM indicadas:

  • Desechos, Desperdicios y Recortes, de plástico de diferentes composiciones

  • Desperdicios y Desechos (Chatarra), de fundición, hierro o acero; lingotes de chatarra de hierro o acero

  • Desperdicios y Desechos (Chatarra), de fundición, hierro o acero; lingotes de chatarra de hierro o acero - Desperdicios y desechos, de aceros aleados - De acero inoxidable

  • Desperdicios y Desechos (Chatarra), de fundición, hierro o acero; lingotes de chatarra de hierro o acero - Desperdicios y desechos, de aceros aleados - Los demás

  • Desperdicios y Desechos (Chatarra), de fundición, hierro o acero; lingotes de chatarra de hierro o acero  -Desperdicios y desechos, de hierro o acero estañados

  • Desperdicios y Desechos (Chatarra), de fundición, hierro o acero; lingotes de chatarra de hierro o acero. Los demás desperdicios y desechos: --Torneaduras, virutas, esquirlas, limaduras (de amolado, aserrado, limado) y recortes de estampado o de corte, incluso en paquetes

  • Desperdicios y Desechos (Chatarra), de fundición, hierro o acero; lingotes de chatarra de hierro o acero. Los demás desperdicios y desechos. Los demás.

  • Desperdicios y Desechos (Chatarra), de fundición, hierro o acero; lingotes de chatarra de hierro o acero. Lingotes de chatarra.

  • Desperdicios y Desechos de Cobre.

  • Desperdicios y Desechos de Aluminio.


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