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Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de servicios al Exterior (SIRASE)

En la Resolución Gral. Conjunta Nº 5271/2022 en el cual se crea el SIRA, también se crea el SIRASE. ¿Qué pasa con las SIMPES?

Jueves 13 de octubre de 2022, Mg. Yanina S. Lojo


Desde el día de hoy deja de estar vigente el Sistema Informático de Monitoreo para el Pago de Servicios al Exterior o SIMPES y nace el SIRASE. ¿Cuáles son sus principales características?


¿Qué pasa con las SIMPES?


Queda derogada la Resolución Nº 5135 desde el día 13 de octubre de 2022. Sin embargo, las SIMPES en estado APROBADA mantendrán su vigencia. Se implementa el Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE). El mismo entrará en funcionamiento desde el 17 de octubre.


¿A quiénes afectará?


A todas las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas, en cualquier forma que adopten que deban realizar pagos al exterior por cuenta propia o de terceros o que actúen como ordenantes de pago, ya sea para cancelar obligaciones propias o de terceros.


¿Cuáles son los códigos de concepto que se utilizaran?


En el micrositio SIRASE de la página de AFIP se incorporarán los manuales donde se detallarán los códigos de concepto para cada tipo de operación que deba realizarse. También se determinarán los montos mínimos a los que no se le aplicará el mencionado Sistema.


¿Qué se evaluará a la hora de presentar la declaración?


Al igual que en la SIMPES, la solicitud que se realiza reviste carácter de declaración jurada. Y será evaluada por la AFIP considerando los siguientes puntos:

  • La situación del sujeto desde la información disponible, para detectar si hay registro de incumplimientos o irregularidades formales que deberán ser subsanadas para avanzar en el SIRASE.

  • La Capacidad Económica Financiera (CEF), que de no superar este control podrá manifestar su disconformidad en función de los establecido en la normativa que da origen al Sistema de Capacidad Económica Financiera (Res. Gral. Nº 4.294).

Finalmente, de pasar los controles anteriores será la Secretaría de Comercio quien evaluará las presentaciones dentro del marco de los sistemas de monitoreo y trazabilidad.


¿Qué estados puede tener una SIRASE?


Los estados que puede tener serán dados a conocer a través de los manuales que se cargarán en el micrositio SIRASE del portal de la AFIP (que aún no están disponibles)


¿Puede modificarse una declaración SIRASE en estado APROBADO?


No, en caso de no concretarse o modificarse los términos de la operación, la declaración no puede ser modificada. Deberá solicitarse una nueva.


Al igual que en el caso de las importaciones, no se observan en una primera lectura grandes cambios. Las modificaciones podrían haberse incorporado al régimen vigente. El desarrollo de un nuevo Sistema pareciera responder a otras necesidades diferentes a las operativas.


Recomendamos leer el artículo sobre el SIRE y la Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior.




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